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ESEF: ¡Que todas las cotizadas reporten electrónicamente! (incluido el BME Growth)


El papel del director financiero en la transformación digital de las empresas

A partir del año que viene, tras la moratoria dada a las cuentas anuales del 2020, las empresas cotizadas van a tener que reportar de forma electrónica en España. Esto va a suponer la muerte de los estados financieros en pdf y que por fin las grandes empresas tengan los datos financieros en un reporte unificado a nivel europeo, y también extensible (es decir, que cada empresa cuente «su propia historia», como bien dice mi amigo y compañero Francisco Flores, de la Universidad de La Laguna).

¿Esto que significa? Muy fácil. Con el formato XBRL (eXtensible Business Reporting Language), el reporte de las cuentas anuales al ser electrónico, también su análisis es automático, no sólo interanual, sino interempresarial, y la toma de decisiones se reduce en el tiempo. En la actualidad, aunque las cotizadas reportan un archivo parecido denominado IPP, sin embargo las implicaciones de este nuevo reporte son mucho mayores, y fueron puestas de manifiesto no hace mucho en un comunicado conjunto de ICAC, Registradores y CNMV. En dicho comunicado, de 30-4-2020, se decía que:

A partir del ejercicio anual 2020 (retrasado finalmente a 2021), los emisores de valores admitidos a negociación en cualquier mercado regulado de la Unión Europea deberán elaborar y presentar su informe financiero anual, compuesto por las cuentas anuales auditadas, individuales y, en su caso, consolidadas, los informes de gestión y las declaraciones de responsabilidad de sus administradores sobre su contenido, de acuerdo con un formato electrónico único europeo (FEUE), tal y como requiere el Reglamento Delegado (UE) 2019/815, de la Comisión, de 17 de diciembre de 2018, formato que a su vez implica el etiquetado en iXBRL (inline Extensible Business Reporting Language) de los estados financieros principales de las cuentas anuales consolidadas.

FEUE es la traducción que se ha dado en España a las siglas ESEF (European Single Electronic Format) que quizá os suenen más. Aunque tiene un texto interesante, hay que extraer varias conclusiones.

¿Por qué el BME Growth no entra dentro del ESEF?

Sin embargo, BME Growth (antes conocido como Mercado Alternativo Bursátil o MAB), no se trata de un mercado regulado de la Unión Europea, es un sistema multilateral de negociación (SMN) que está dirigido y gestionado por Bolsas y Mercados Españoles (BME) y supervisado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Por tanto, a efectos de reporte de cuentas consolidadas, por ejemplo, no aplican NIIF-UE y aplican las Normas de Formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas.

Nuestra propuesta: el BME Growth debe «abrazar» el ESEF

En el BME Growth hay muchas empresas con proyección que, si su reporte fuera electrónico, tal y como ocurre con las cotizadas con el ESEF-FEUE, entendemos que su visibilidad sería mucho mayor, aparte de un compromiso adicional de transparencia y competitividad de nuestros mercados.

Fotografía de fabio en Unsplash.
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